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DEPORTES - BASE Nº 4 - Ayudas destinadas a personas empadronadas en Crevillent para sufragar gastos asistencia a cursos formación deportiva

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DEPORTES - BASE Nº 4 - Ayudas destinadas a personas empadronadas en Crevillent para sufragar gastos asistencia a cursos formación deportiva

Desde 31/07/2026 0:00 hasta 19/08/2026 23:59

Base Nº4: ayudas destinadas a personas empadronadas en Crevillent para sufragar los gastos relacionados por la asistencia a cursos de formación deportiva

¿Cuándo solicitarlo?

Al día siguiente de la publicación en el BOP de la convocatoria. Plazo 20 días naturales

Documentación a presentar

  • Anexo I (Solicitud de inclusión).
  • Anexo II (Presupuesto de ingresos y gastos de las actividades para las cuales se solicita la subvención.)
  • Anexo III: Autobaremos del solicitante.
  • Anexo IV: Cuenta justificativa y sus facturas correspondientes.
  • Memoria del curso de enseñanza deportiva: (reconocimiento oficial, precio y programa educativo)
  • Certificado oficial académico, con fecha previa a la publicación de la convocatoria, en el que se refleje la superación del curso.
  • Documento “mantenimiento a terceros” que se puede obtener en la web oficial del Ayuntamiento.
  • Última declaración de la Renta.

Información complementaria

Primera fase de presentación de documentación, en el caso de no ser correcta, existirá un plazo 10 naturales para la subsanación

Plazo de resolución y recursos

Resuelta la distribución de ayudas se comunicará a los clubes beneficiarios, los cuales podrán interponer un recurso de reposición potestativo ante el órgano del que se emana la presente resolución, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, Titulo III, capítulo II, art.40.2.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse emitido la resolución, se entenderán desestimadas las solicitudes por silencio administrativo

Donde presentarlo

Telemáticamente: en la sede electrónica del Ayuntamiento de Crevillent a través de este trámite.

Presencialmente: en la oficina de registro municipal, sita en C/Vall en horario de 9 a 13:30 horas.

El inicio del procedimiento es obligatoriamente a través de la Sede Electrónica para las personas jurídicas, personas físicas que representan a personas jurídicas, y profesionales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Para las personas físicas que quieran presentarlo de manera presencial, aunque se recomienda también la tramitación electrónica, podrán realizar el trámite presencial en el registro municipal anteriormente indicado.

Atención al ciudadano

Para cualquier cuestión relacionada con este procedimiento, incluso una vez iniciado, se deberá remitir un mail a la cuenta deportes@crevillent.es

 

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT - P0305900C
C/Mayor 9
03330 Crevillent (Alicante)
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