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URB-LOMN Licencia municipal de obra menor en suelo no urbanizable

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URB-LOMN Licencia municipal de obra menor en suelo no urbanizable

A partir del día 16/02/2024


LICENCIA MUNICIPAL DE OBRA MENOR EN SUELO NO URBANIZABLE

Obras de mera reforma, reparación puntual, mantenimiento y conservación de construcciones, edificios e instalaciones, siempre en suelo no urbanizable. (artículo 214 Texto Refundido de la LOTUP)

 

PREVIO A LA REALIZACIÓN DEL TRÁMITE 

Para facilitar el cálculo, en el apartado de documentos se adjunta el fichero EXCEL que se deberá usar para poder cuantificar la tasa a liquidar.

Este fichero Excel deberá adjuntarse al procedimiento en formato PDF. Simplemente guárdelo como  pdf y aporte la copia

Deberá efectuar el PAGO y presentar el justificante de la autoliquidación de la tasa administrativa correspondiente a través de SUMA (https://www.suma.es/AutoLiquidaciones).

Para ello indique como Organismo* CREVILLENT y para cada tasa lo siguiente:

  • ICIO - Concepto* IMP. CONST. INST. Y OBRAS
  • Tasa licencia urbanística - Concepto* SERV. OTORG. LIC. URBANISTICA. Dentro del Calculo de la cuota* Licencias Urbanísticas.
  • OVP - Concepto* OCUPACION VIA PUBLICA ESCOMBROS. Dentro del Cálculo de la cuota* ESCOMBROS DE OBRAS MAYORES / ESCOMBROS DE OBRAS MENORES (elegir lo que proceda)

 

¿Qué es y para qué sirve?  
Obras de mera reforma, reparación puntual, mantenimiento y conservación de construcciones, edificios e instalaciones tales como:

  • Cambios de alicatados en cocinas y baños.
  • Tabiquería interior, sin afectar a estructura o a las condiciones de habitabilidad.
  • Colocación / reparación de falsos techos de escayola.
  • Cambio/ reparación de carpintería, interior o exterior, sin modificar huecos y sin riesgo de caídas en altura.
  • Sustitución o reparaciones puntuales de instalaciones privadas, tales como trabajos de fontanería en la instalación privada de abastecimiento de agua o la red privada de alcantarillado o saneamiento, trabajos de electricidad en la instalación eléctrica privada, o en instalaciones similares.
  • Reparación y/o sustitución de pavimentos sin alterar sobrecargas.
  • Reparaciones puntuales de tabiquería y apertura de huecos de escasa entidad, sin afección de elementos estructurales ni paredes de carga.
  • Formación de rampas y/o peldañeados en zaguanes y locales sin afectar a la vía pública.
  • Solera, asfaltado o pavimento impreso sobre terreno privado.
  • Obras de reparación no estructural de cubiertas planas o inclinadas, tales como cambio de tejas, sustitución o reparación de la impermeabilización y/o del revestimiento exterior.) 
  • Derribo de vallados, muretes o pequeños elementos constructivos.

¿Quién lo puede pedir?
Cualquier persona física o jurídica, o que actúe en representación de esta.

¿Qué precio tiene?    

ICIO 2,2% (P.E.M)
Tasa Urbanísitica 1,667% (P.E.M)


¿En qué fechas se puede realizar?
Todo el año.
 

Tiempo de resolución - 2 Meses
 

¿Cómo y dónde se puede pedir?    
Presencialmente, en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Crevillent y demás organismos y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Crevillent


¿Qué sentido tiene el silencio administrativo?
El silencio es negativo

¿Qué normativa es aplicable?
Artículo 214 Decreto-Legislativo 1/2021 de 18 de junio del Consell, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana (TRLOTUP)

 

Documentación necesaria

URB-LOMN Instancia de Solicitud de Licencia Municipal de Obra Menor en Suelo no Urbanizable, que contenga los datos del solicitante, exposición de motivos, datos de la finca (partida, poligono y número) y descripción de las obras a realizar.

DNI/NIE del solicitante.

Autorización de representación según modelo normalizado. En caso de actuar por representación, autorización y DNI/NIE del representante y representado, si se trata de personas física; y poderes, en el caso de personas jurídicas. 

Justificante del pago de la Autoliquidación de la tasa administrativa. (www.suma.es)

Justificante del pago de la Autoliquidación del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO). (www.suma.es)

Fichero en formato PDF con la hoja de cálculo empleada en la autoliquidación practicada

Acreditación de la identidad del promotor y del resto de los agentes de la edificación.

Descripción gráfica y escrita de la actuación y su ubicación física.

Nota simple del Registro de la Propiedad con una antigüedad inferior a 3 meses.

En edificios de uso residencial (3):

Licencia de ocupación de la vivienda.

En edificios con una antigüedad superior a 50 años, Informe de Evaluación del Edificio (IEE.CV). 

En edificios destinados al resto de usos (3):

Licencia de apertura o actividad.
 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT - P0305900C
C/Mayor 9
03330 Crevillent (Alicante)
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