Ayudas económicas para los estudiantes universitarios con becas de estudio en programas de intercambio internacionales curso 2025-2026
Descripción del trámite
Ayudas a los estudiantes universitarios que hayan sido beneficiarios por parte de su Universidad de una beca de movilidad en el extranjero, y la estancia se haya llevado a cabo durante el curso 2025-2026.
¿Cuándo solicitarlo? A partir del día siguiente a la publicación de convocatoria en el BOP de Alicante
Documentación a presentarFotocopia del DNI Certificado de concesión de una beca de movilidad expedido por la universidad a la que pertenece Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social (no aportar si autoriza su consulta) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la ley 38/2003 (Anexo II) Certificado de estar al corriente con Hacienda (no aportar si autoriza su consulta)
Certificado de la estancia en la universidad de destino, con las fechas exactas de la permanencia
Plazo de resolución y recursosRecursos que pueden interponerse:
Recurso de reposición dentro del plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación de resolución, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados de la misma forma. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses a partir de la presentación por parte del interesado
Silencio administrativo: Desestimatorio
Plazo máximo de resolución: 6 meses
¿Dónde presentarlo?
Telemáticamente: en la sede electrónica del Ayuntamiento de Crevillent a través de este trámitePresencialmente: en la oficina de registro municipal, sita en C/Vall en horario de 9 a 14 horas.
El inicio del procedimiento es obligatoriamente a través de la Sede Electrónica para las personas jurídicas, personas físicas que representan a personas jurídicas, y profesionales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Para las personas físicas que quieran presentarlo de manera presencial, aunque se recomienda también la tramitación electrónica, podrán realizar el trámite presencial en el registro municipal anteriormente indicado.
Atención telefónicaPara cualquier cuestión relacionada con este procedimiento, incluso una vez iniciado, se deberá remitir un mail a la cuenta cultura@crevillent.es
OrdenanzasOrdenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Crevillent
LegislaciónLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasLey 38/2003, de 17 de noviembre General de SubvencionesReal Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de SubvencionesLey 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen LocalRDL 781/86, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.